ARTÍCULO CIENTÍFICO: Regímenes Tributarios en Ecuador ¿Simplicidad o Mayor Recaudación?
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REGÍMENES TRIBUTARIOS EN ECUADOR
¿SIMPLICIDAD O MAYOR RECAUDACIÓN?
Tax regimes in Ecuador ¿Simplicity or higher collection?
Manuel Ulises Ordoñez Herrera
https://orcid.org/0000-0002-8190-5025
manuel.ordonez@cu.ucsg.edu.ec
Universidad Católica Santiago de Guayaquil
Maestría en Contabilidad y Auditoría mención Gestión Tributaria. Guayaquil - Ecuador
Eduardo Andrés Guzmán Barquet
https://orcid.org/0000-0001-8606-3579
eduardo.guzman01@cu.ucsg.edu.ec
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil Maestría en Contabilidad y Auditoría
mención Gestión Tributaria. Guayaquil - Ecuador
Nelson Joel Arcos Escobar
https://orcid.org/0000-0003-2912-2645
nelson.arcos@cu.ucsg.edu.ec
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
Maestría en Contabilidad y Auditoría mención Gestión Tributaria. Guayaquil - Ecuador
Resumen
El presente estudio se concentra en conocer si hay simplicidad o mayor recaudación mediante
la confrontación del Régimen General versus Régimen RIMPE emprendedores, para tal efecto
se aplicó una metodología de investigación descriptiva, transversal, teórica, bibliográfica -
documental y esquema cualitativo - cuantitativo. Se realizaron entrevistas con preguntas
abiertas a profesionales académicos, profesionales del área contable - tributario, a empleados
del sector privado y funcionarios públicos de la administración tributaria; en contraste, se
utilizaron encuestas a emprendedores que están inmersos en los regímenes tributarios sujetos
en la presente investigación. También se efectuaron cálculos de impuestos a la renta tanto para
personas naturales como para sociedades de ambos regímenes. Los resultados demuestran un
incremento impositivo en el Régimen RIMPE Emprendedores versus el Régimen General
cuando los ingresos brutos son mínimos o intermedios. Finalmente, se concluye que mientras
la administración tributaria central incentiva a la simplicidad, en cambio los contribuyentes
demuestran inconformidad e inestabilidad de pagar mayores impuestos.
Palabras clave: Régimen tributario, Impuesto a la renta,
Contribuyentes, RIMPE negocios populares, RIMPE emprendedores.
Manuel U. Ordoñez, Eduardo Guzmán & Nelson Arcos
65
Recibido: 11 de mayo de 2023, Aprobado: 15 de junio de 2023, Publicado: 21 de septiembre 2023.
Correspondiente al autor: manuel.ordonez@cu.ucsg.edu.ec
Abstract
The present study is focused on knowing if there is simplicity or higher tax collection by
comparing the General Regime versus the RIMPE Regime for entrepreneurs, for this purpose
a descriptive, transversal, theoretical, bibliographic-documentary and qualitative-quantitative
research methodology was applied. Interviews were conducted with open-ended questions to
academic professionals, accounting-tax professionals, private sector employees and public
officials of the tax administration; in contrast, surveys were used to entrepreneurs who are
immersed in the tax regimes subject to this research. Income tax calculations were also made
for individuals and corporations in both regimes. The results show a tax increase in the RIMPE
Entrepreneurs Regime versus the General Regime when gross income is minimal or
intermediate. Finally, it is concluded that while the central tax administration encourages
simplicity, taxpayers show dissatisfaction and instability of paying higher taxes.
Keywords: Tax regime, Income tax, Taxpayers, RIMPE popular businesses, RIMPE
entrepreneurs.
ARTÍCULO CIENTÍFICO: Regímenes Tributarios en Ecuador ¿Simplicidad o Mayor Recaudación?
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Introducción
En general, todos los gobiernos buscan la
manera de evitar la evasión fiscal, para lo cual
diseñan y crean políticas tributarias que
permiten incentivar el desarrollo sostenible y
crecimiento económico (Paleka et al., 2022).
Nguyen (2022) describió que la transparencia
en los costos en apoyo social y anticorrupción
formará una percepción de equidad en los
contribuyentes. Hermanto et al. (2022)
puntualizó que proveer situaciones y actitudes
marcan beneficios relevantes en la intención
del contribuyente de implementar la
declaración de impuestos en línea. Vincent
(2023) manifestó que los hallazgos empíricos
sugieren que la asignación de derechos
tributarios y facultades discrecionales sobre la
administración tributaria a los gobiernos
seccionales reduce las tendencias de
cumplimiento.
Sunardi et al. (2022) describen que las
empresas con estados financieros auditados se
dirigen a cumplir sus obligaciones tributarias.
Según Okafor (2023) las administraciones
tributarias usan medidas de persuasión con el
fin de disminuir el incumplimiento tributario y
mejorar la justicia retributiva. Los
conocimientos acerca de las percepciones de
riesgo fiscal se concentran en una perspectiva
interna de la empresa en forma unilateral
mientras desde el punto de vista externo se
debe considerar por la volatilidad de la tasa
impositiva (Brühne y Schanz, 2022).
Según Oladipo et al. (2022) demostraron que
la equidad y justicia fiscal es fundamental para
las decisiones en el cumplimiento tributario,
las cuales están relacionadas a los ingresos
fiscales y pagos de impuestos por parte de los
contribuyentes. Almeida et al. (2021) en su
investigación sobre el impacto del COVID-19
en la renta de los hogares de la Unión Europea
manifiestan que bastantes países en el mundo
adoptaron políticas impositivas a fin de limitar
la pobreza. Barberan et al. (2022) concluyeron
que la finalidad de la administración tributaria
es luchar contra la evasión y fraude fiscal. Lv
y Zhang (2022) concluyen que cuando los
beneficios de los impuestos son débiles para la
sociedad, las recaudaciones fiscales también
son frágiles. Agusti y Rahman (2023)
argumentan que la cultura tributaria influye
positivamente en la confianza y en el poder de
las autoridades; en cambio que el exceso de
confianza afecta negativamente en la evasión
fiscal.
Una forma de evaluar la eficiencia y eficacia
de regímenes fiscales a nivel internacional es
mediante el modelo de Análisis Fiscal de
Industrias de Recursos – FARI. Al confrontar
entre países, hay algunos factores que afectan
al momento de invertir, como el tamaño,
calidad y madurez del sector; así como el
ambiente operativo y comercial; siendo la
finalidad del FARI de explorar los atributos e
interpretar los resultados compilados de
diferentes países (International Monetary
Fund - IMF, 2023). Según lo promulgado por
la Asamblea Nacional del Ecuador (2005) en
el Código Tributario se puntualiza que, el
régimen tributario se regirá por los principios
de, progresividad, generalidad, confianza
legítima, eficiencia, simplicidad
Manuel U. Ordoñez, Eduardo Guzmán & Nelson Arcos
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administrativa, equidad, irretroactividad,
suficiencia de recaudación y transparencia.
La Asamblea Nacional del Ecuador (2021)
promulgó la Ley Orgánica para el Desarrollo
Económico y Ley Orgánica para la
Optimización Fiscal tras la pandemia covid-19
LODESF según Registro Oficial No. 587,
Tercer Suplemento del 29 de noviembre de
2021 la cual formó el nuevo Régimen
Simplificado para Emprendedores y Negocios
Populares RIMPE con vigencia a partir del
año 2022. Por otro lado, el Código Orgánico
de la Producción, Comercio e Inversiones
promulgado por la Asamblea Nacional del
Ecuador (2010) señala que, las micro, pequeña
y mediana empresa - MIPYMES son
mecanismos fructíferos que desempeñan
acciones de comercio, servicios y productivas.
Según la Asamblea Nacional del Ecuador
(2004) en la Ley Régimen Tributario Interno,
artículo 97 numeral 3 y artículo 216 del
Reglamento a la Ley de Régimen Tributario
Interno, se detallan las actividades no sujetas
al Régimen Simplificado para Emprendedores
y Negocios Populares RIMPE, mismas que
se refieren a actividades en relación de
dependencia, profesionales, mandatos y
representaciones, laboratorios médicos y
farmacéuticas, contratos de construcción y
actividades de urbanización, lotización y otras
similares, comercializadoras de combustible,
agropecuarias, regímenes especiales, inversión
extranjera directa y actividades en asociación
pública-privada, sector de hidrocarburos,
minería, petroquímica, industrias básicas,
financiero, seguros y Economía Popular y
Solidaria, transporte y rentas de capital.
Barreix y Zambrano (2018) en su
investigación sobre la factura electrónica en
Latinoamérica indicaron que ha existido una
contribución a la tributación internacional con
el fin de obtener mejores recursos para el fisco.
Según Pinheiro et al. (2021) es su estudio
sobre el cumplimiento tributario revelaron que
las diferentes características
sociodemográficas afectan la conducta de los
contribuyentes proporcionalmente con la
solicitud de una factura; y, que la lucha contra
la evasión fiscal dan como consecuencias para
el crecimiento económico de los países en
general. Ramírez Álvarez et al., (2022) en su
publicación sobre el cumplimiento tributario y
facturación electrónica en Ecuador:
evaluación de impacto concluyeron que la
digitalización de los regímenes tributarios ha
mejorado significativamente en las
declaraciones de impuestos, controles y en las
recaudaciones fiscales.
Kasper y Rablen (2023) en su estudio sobre el
cumplimiento tributario después de una
auditoría: ¿Más alto o más bajo? evidencian
que, los factores endógenos y exógenos, se
complementan simultáneamente mediante los
instrumentos respecto al aprendizaje y la
percepción. Según Dávila (2023) en su estudio
de impuestos sobre transacciones financieras
óptimas indica que cuando los inversores
tienen una opinión unánime, un impuesto
rigurosamente positivo es óptimo,
independiente de la dimensión de los negocios
básicos que haya realizado.
ARTÍCULO CIENTÍFICO: Regímenes Tributarios en Ecuador ¿Simplicidad o Mayor Recaudación?
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Asqui Valladares (2022) manifiesta que, en el
Ecuador los sujetos pasivos se someten al
Régimen General y al Régimen RIMPE
definidos por la Ley de Régimen Tributario
Interno LRTI. En cualquiera de los casos el
objetivo de los impuestos provenientes de
cualquier régimen es la recaudación tributaria.
Rokhman et al. (2023) manifestaron que la
aplicación de comprobantes electrónicos tiene
un efecto positivo y significativo en los
contribuyentes para el cumplimiento
tributario.
Metodología
Se efectuó una metodología de investigación
descriptiva, transversal, teórica, bibliográfica -
documental y de esquema cualitativo
cuantitativo a una población de
emprendimientos con actividades comerciales,
la cual no posee un número oficial publicado
realizando un muestreo intencional de 50
negocios en la ciudad de Machala, Provincia
de El Oro. En el estudio de campo se efectúo
por medio de entrevistas realizadas desde
enero 2023 a profesionales académicos,
contadores, empleados privados y
funcionarios públicos de la administración
tributaria; en contraste, se realizaron encuestas
de preguntas cerradas para los emprendedores
del régimen RIMPE.
Las preguntas se validaron con tutores
académicos y expertos tributarios que permitió
confirmar el lenguaje, perspicacias, firmeza,
estructura del texto, cohesión y coherencia, así
como la eficacia de las taxonomías teóricas y
prácticas usadas en la investigación. Se utilizó
formularios, lo que permitió recoger
percepciones y opiniones. Se emparejaron
criterios y argumentos de los regímenes,
cambios tributarios, simplicidad y
recaudaciones fiscales con el fin de suprimir
comentarios errados.
En cuanto a los perfiles de las personas
encuestadas de género femenino y masculino,
en los profesionales académicos se encontró
inmersos Magister y PhD con cargos
importantes de tutores, profesores y directores.
En el caso de contadores, todos contaban como
mínimo con título de tercer nivel siendo
Contadores Públicos Autorizados CPA y
vasta experiencia en esa área. En los
empleados privados se entrevistó a asistentes
y/o auxiliares relacionados todos a la
contabilidad con funciones principales de
facturación. En los funcionarios públicos se
entrevistaron a personal del área de gestión y
auditoría de la administración tributaria. Y, por
último, los emprendedores presentaron nivel
de estudios secundarios.
Resultados
Según el Servicio de Rentas Internas (2023)
en su página web provee información
estadística por categorías y grupos de
actividades que comprenden el universo de
los contribuyentes identificados como
personas naturales y sociedades, el 67,3%
pertenecen al régimen RIMPE, el 32,4%
corresponden a otros o régimen general y
solamente el 0,2% son considerados
Manuel U. Ordoñez, Eduardo Guzmán & Nelson Arcos
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contribuyentes especiales; es decir, el peso
porcentual de contribuyentes RIMPE es
significativo frente a los otros contribuyentes.
En el régimen RIMPE se encuentran las
personas naturales, mismas que pueden ser no
obligadas a tener contabilidad – PNNOOLLC
y obligadas a tener contabilidad – PNOLLC,
además las sociedades que no pertenezcan al
régimen general, en todos los casos con
ingresos brutos hasta o menor a USD
300.000,00 en un mismo periodo fiscal.
Tabla 1
En la siguiente tabla se realiza la
determinación del impuesto a la renta causado
y presión fiscal por regímenes de una misma
actividad, a primera instancia se visualiza que,
para determinar la base imponible cuando se
trata del régimen RIMPE solo se consideran
los ingresos brutos y no se disminuyen los
costos y gastos, tampoco se consideran los
gastos personales. En cambio, para determinar
la base imponible en el régimen general, se
disminuyen los costos y gastos, obteniendo la
utilidad contable antes de impuestos:
Determinación del Impuesto a la renta causado y presión fiscal por regímenes periodo fiscal 2022
Tipo
Contribuyente
Regímenes
Contabilidad
Costos
Ingresos Utilidad
y Gastos
Base
Imponible
%
Presión
Fiscal
%
Utilidad
Persona natural
General
No
20.001
18.505
1.496
1.496
0,00%
7%
Persona natural
General
Si
20.001
18.805
1.196
1.196
0,00%
6%
Sociedades
General
Si
20.001
18.301
1.700
1.700
2,13%
8%
Emprendedores
RIMPE
Si/No
20.001
18.301
1.700
20.001
0,30%
8%
Persona natural
General
No
150.000
135.504
14.496
14.496
0,11%
10%
Persona natural
General
Si
150.000
137.754
12.246
12.246
0,03%
8%
Emprendedores
RIMPE
Si/No
150.000
137.250
12.750
150.000
1,28%
9%
Sociedades
General
Si
150.000
137.250
12.750
12.750
2,13%
9%
Persona natural
General
No
300.000
270.504
29.496
29.496
0,71%
10%
Persona natural
General
Si
300.000
275.004
24.996
24.996
0,48%
8%
Emprendedores
RIMPE
Si/No
300.000
274.500
25.500
300.000
1,60%
9%
Sociedades
General
Si
300.000
274.500
25.500
25.500
2,13%
9%
ARTÍCULO CIENTÍFICO: Regímenes Tributarios en Ecuador ¿Simplicidad o Mayor Recaudación?
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Para calcular el impuesto a la renta causado se
utilizaron la tabla progresiva para personas
naturales del régimen general y la tabla de
tarifa del impuesto RIMPE para personas
naturales y sociedades de ese régimen vigente
al año 2022. Para el caso, de las sociedades
pertenecientes al régimen general se aplicó la
tarifa del 25% para calcular el impuesto a la
renta causado.
En los resultados de la tabla 1 se simularon tres
escenarios de ingresos brutos con valores de
rangos: a) mínimos (USD
20.001); b) intermedios (USD 150.000) y; c)
máximo (USD 300.000); en los tres casos se
consideró un margen bruto del 10% y un
margen de utilidad entre el 6% al 10%. Según
los hallazgos encontrados en la determinación
del impuesto a la renta causado y presión fiscal
por regímenes de una misma actividad, se
puede analizar que cuando el rango de ingresos
es mínimo, el régimen general no paga
impuestos porque su base imponible es menor
a la fracción básica desgravada para el año
2022 de USD 11.310; mientras que los
emprendedores sean personas naturales o
sociedades que se encuentran en el régimen
RIMPE con el mismo ingreso bruto pagaron
una tarifa de USD 60.01 que representa el
0.30% de la presión fiscal.
En el segundo rango intermedio, la presión
fiscal de contribuyentes del régimen general es
de 0.11% para personas naturales que no se
encuentran obligadas a tener contabilidad y el
0.03% para personas naturales que están
obligadas a tener contabilidad; sin embargo,
los emprendedores que pertenecen al régimen
RIMPE la presión fiscal es del 1.28%. En el
tercer rango máximo, la presión fiscal para
contribuyentes del régimen general es de
0.71% para personas naturales que no se
encuentran obligadas a tener contabilidad y el
0.48% para personas naturales obligadas a
tener contabilidad; en cambio, los
emprendedores que pertenecen al régimen
RIMPE la presión fiscal es del 1.60%. En los
tres rangos para los contribuyentes que son
personas jurídicas o sociedades del régimen
general por liquidar la tarifa estandarizada del
25% la presión es más alta con el 2.13% en
comparación con los demás contribuyentes.
Figura 1
Triangulación porcentaje de Presión Fiscal y
porcentaje de Utilidad por rangos de Ingreso
10%
(20.001-149.999)
10%
Rango mínimo
Manuel U. Ordoñez, Eduardo Guzmán & Nelson Arcos
69
(150.000-299.999)
10%
(300.00)
Promedio % Utilidad-Persona Natural
% Presión Fiscal-Sociedades
% Presión Fiscal-Persona Natural
Promedio % Utilidad-Emprendedor
Promedio % Utilidad-Sociedades
% Presión Fiscal-Emprendedor
En la figura 1, se visualiza que al
triangular la presión fiscal utilidad
ingresos, los rangos de ingresos nimo,
intermedio y máximo comparados versus el
promedio de porcentaje de utilidad fluctúan
entre el 6% al 10%, mientras que el porcentaje
de presión fiscal cuando es persona natural es
menor al 1%, en emprendedores es del 0.3%
hasta el 1.6% y en sociedades en los tres
rangos se mantiene constante en el 2.13%.
Discusión
De la totalidad de los 50 encuestados,
comprobamos que el 60% pertenecen al
género femenino y el 40% al género
masculino. Con el fin de cumplir con los
objetivos del estudio, se realizaron entrevistas
personales por medio de formularios con
preguntas previamente definidas, en las cuales
recopilamos información de la percepción u
opinión a profesionales y emprendedores
sobre el régimen general y régimen RIMPE.
Cuando consultamos a profesionales
académicos sobre el régimen general opinaron
que este régimen se tributa en función de la
utilidad y que de alguna forma este ordenó las
actividades impositivas; mientras, que el
régimen RIMPE es más depurado, pero poco
difundido. Cuando se preguntó sobre la
simplicidad tributaria indicaron que es un
mecanismo para optimizar el gasto público; en
cambio, cuando se indagó si el régimen
RIMPE da simplicidad tributaria o genera
mayor recaudación fiscal; respondieron que sí
otorga mayor recaudación fiscal. Y, cuando se
interrogó si los cambios de regímenes
aumentan o disminuyen la presión tributaria,
pensaron que sí aumenta dicha presión.
Cuando preguntamos a profesionales
contables y tributarios sobre el régimen
general opinaron que este régimen es un
Rango intermedio
Rango máximo
ARTÍCULO CIENTÍFICO: Regímenes Tributarios en Ecuador ¿Simplicidad o Mayor Recaudación?
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mecanismo de tributación bastante
confortable; mientras, que el régimen RIMPE
es un modelo temporal de impuesto único
progresivo sobre los ingresos brutos. Cuando
se consultó sobre la simplicidad tributaria
indicaron que tiene menos carga operativa en
el proceso de determinación de la base
imponible y cuantía del tributo; en cambio,
cuando se indagó si el régimen RIMPE da
simplicidad tributaria o genera mayor
recaudación fiscal; respondieron que provee
más carga operativa y recaudación fiscal. Y,
cuando se interrogó los cambios de
regímenes aumentan o disminuyen la presión
tributaria, manifestaron que un cambio de
régimen es bueno siempre y cuando se respete
los principios tributarios consagrados en la
constitución y las leyes.
Cuando consultamos a profesionales y
empleados privados como contadores sobre el
régimen general opinaron que es un régimen
que se basa en el ingreso neto permitiendo
deducibilidad de costos y gastos, existiendo
equidad; mientras, que el régimen RIMPE
fueron directos en decir que el nuevo es todo
menos simplificado, viéndose como un
retroceso fiscal. Cuando se consultó sobre la
simplicidad tributaria indicaron que es ahorro
para unos, pago excesivo para otros; en
cambio, cuando se preguntó si el régimen
RIMPE da simplicidad tributaria o genera
mayor recaudación fiscal; respondieron que
este régimen generó un punto de equilibrio en
recaudaciones en comparación con años
anteriores bajo otros regímenes. Y, cuando se
interrogó los cambios de regímenes
aumentan o disminuyen la presión tributaria,
manifestaron que si aumenta la presión
tributaria pero no comparten con la
metodología de tributar sobre los ingresos
brutos en vez de la utilidad contable.
Cuando interrogamos a profesionales que
laboran como funcionarios del SRI sobre el
régimen general opinaron que este régimen
permite determinar una base imponible acorde
a la realidad contable de la empresa, esto es la
aplicación de las deducciones a los ingresos
obtenidos en un ejercicio fiscal; sin embargo,
con el pasar de los años esto no se ha
cumplido, pues los contribuyentes han
utilizado mecanismos y documentos para
falsear los costos y gastos a fin de reducir al
máximo la base imponible para obtener un
valor ínfimo por concepto de impuesto a la
renta, como ejemplo se puede citar la
utilización de comprobantes de venta de
empresas fantasmas.
Adicionalmente, se conoce que el régimen
RIMPE es temporal (tres años) lo que
permitirá una recaudación más efectiva por
cuanto su cálculo se aplica a los ingresos
brutos, utilizando para ello una tabla
progresiva. Si bien este régimen tiene sus
excepciones, el mismo abarca gran parte de los
negocios en el Ecuador, aunque estaría
temprano pronunciarse sobre su efectividad,
en temas de recaudación es beneficioso para
las arcas fiscales del Ecuador. En cambio,
cuando se indagó sobre la simplicidad
tributaria indicaron que está contemplada en la
Constitución de la República del Ecuador, y
desde el punto de vista tributario está enfocado
a conseguir el cumplimiento voluntario por
Manuel U. Ordoñez, Eduardo Guzmán & Nelson Arcos
71
parte de los Contribuyentes, además busca la
optimización de costos operativos, utilizando
para ello medios y mecanismos necesarios
para su ejecución; en cambio, cuando se
indagó si el Régimen RIMPE da simplicidad
tributaria o genera mayor recaudación fiscal;
simplemente que da simplicidad tributaria. Por
último, cuando se preguntó los cambios de
regímenes aumentan o disminuyen la presión
tributaria, manifestaron que está relacionado a
mayores ingresos mayor presión tributaria, lo
cual permite obtener mayores recursos y
recaudaciones para el Estado.
En contraposición de criterios, los
emprendedores opinaron que prefieren
continuar tributando con el régimen general
porque se declaran y pagan sobre las utilidades
(ingresos menos costos y gastos); mientras que
el régimen RIMPE, sienten un castigo
tributario al declarar y pagar sobre los ingresos
brutos. Sin embargo, cuando se preguntó la
opinión de realizar declaraciones semestrales
de impuesto al valor agregado IVA para el
caso del Régimen RIMPE, respondieron que
aparentemente existe una disminución de
carga operativa, pero esto no exime el
cumplimiento ni tampoco disminuye el valor
los impuestos que corresponden por Ley, por
lo tanto, en general manifestaron que el
RIMPE generó más pago de impuestos.
Conclusiones
El presente estudio permite brindar
percepciones de profesionales y
emprendedores reforzados con cálculos
técnicos contables, financieros y tributarios
para determinar el impuesto a la renta causado
y la presión tributaria de una misma actividad
y periodo fiscal. Por una parte, se concluye que
el 67,3% del total del universo de
contribuyentes en el Ecuador pertenecen al
régimen RIMPE lo que tiene peso significativo
de la recaudación tributaria. Mediante la tabla
1 se demostraron resultados de mayor presión
fiscal y liquidación de impuestos en el régimen
RIMPE cuando los ingresos brutos del
contribuyente estaban en rangos mínimos o
intermedios versus el régimen general; en
cambio todo lo contrario, cuando los ingresos
brutos se incrementaron al rango máximo, el
régimen general generó mayor impuesto a la
renta causado en comparación con el régimen
RIMPE. Sin embargo, las sociedades que
tienen actividades pertenecientes solamente al
régimen general la presión tributaria fue del
2,13% en comparación con sociedades que
pertenecen al régimen RIMPE con el 1.60% de
presión fiscal.
Por otra parte, las opiniones de los
profesionales académicos, tributarios y
contadores coincidieron que los regímenes
permiten aumentar la presión tributaria
generando mayor recaudación tributaria
independiente de la disminución de la carga
operativa. Entonces, simplificar trabajo
operativo mediante declaraciones semestrales
no es sinónimo de pagar menos impuestos. Es
obvio, que los funcionarios del SRI se apegan
al criterio que es necesario implementar
regímenes que disminuyan la evasión
tributaria mediante el mal uso de facturas
falsas y empresas fantasmas que, en algún
momento fue aprovechado para aumentar
ARTÍCULO CIENTÍFICO: Regímenes Tributarios en Ecuador ¿Simplicidad o Mayor Recaudación?
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costos y gastos injustificados. Por último, los
emprendedores y/o contribuyentes tienen la
percepción que los cambios aplicados por las
leyes y la administración tributaria generaron
inconformidad e inestabilidad a los
contribuyentes en general.
Una viable línea de futuras investigaciones
que se crea por este artículo es el pleno
conocimiento y experticia técnica, sumado a
las percepciones de los profesionales y
emprendedores que, las declaraciones de
impuestos además de simplificar en algunos
casos en la parte operativa su efecto es más de
control y mayor recaudación fiscal por parte de
la administración tributaria, debido que
algunos contribuyentes anteriormente no
pagaban con otros regímenes y a partir de la
implementación del régimen RIMPE lo
hacen.
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